¿Cómo está Colombia frente al testeo animal?
Escrito por Jefferson Bermúdez el 21 abril, 2021
La ley 2047 de 2020, que fue promulgada el 10 de agosto del pasado año, prohíbe en el territorio nacional la experimentación con animales para la producción, así como la importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos que incluyan la experimentación con animales. Cabe aclarar que la norma establece la definición de producto cosmético a toda sustancia o formulación destinada a ser puesta en contacto con las partes del cuerpo humano, así como los dientes, las mucosas bucales, el rostro y demás, con el fin de limpiarlos, perfumarlos, modificar o mejorar su aspecto.
El Departamento de Derecho del Medio Ambiente ha manifestado que, “dentro del articulado se tienen dos excepciones a la prohibición general, la primera se da cuando un ingrediente deba someterse a pruebas de seguridad, por riesgos de salud y/o ambiental, y no existan pruebas alternativas validadas por la comunidad científica internacional, y la segunda, cuando los datos de seguridad generados a través de pruebas en animales para un ingrediente se hayan realizado para otro propósito diferente al cosmético”.
La ley 2047 entrará en vigor desde el año 2024 y quienes incumplan obtendrán sanciones económicas entre 133 y 50.000 SMLMV dentro el territorio colombiano.